Funcionario… laboral: un debate eterno
Hace unos días los medios de comunicación, las redes sociales más especializadas y, en general, funcionarios atentos al acontecer de las novedades en materia de empleo público se hacían eco de la novedosa noticia de que el Tribunal Supremo, en la sentencia de 12 de abril de 2023 (rec. 8778/2021), admitía que el personal laboral que desarrollara sus funciones en sociedades públicas pudiese tramitar procedimientos administrativos que correspondían al ente matriz. En concreto, la doctrina que recoge dicha sentencia establece que: “En respuesta a la cuestión de interés casacional planteada procede señalar que, en determinadas circunstancias extraordinarias y cuando una Administración que no posea los medios materiales o técnicos idóneos para el desempeño de las competencias que le han sido encomendadas, puede acudir por razones de eficacia a la colaboración con otras entidades, en concreto a una sociedad mercantil estatal que tiene la consideración de medio propio de la Administración. Esta colaboración puede estar referida no solo a trabajos técnicos o materiales concretos y específicos sino también puede solicitar su auxilio en la gestión y en la tramitación de procedimientos que tiene encomendados reservándose el órgano administrativo el control y la decisión que ponga fin procedimiento”. La sentencia, de esta forma, incidía en una cuestión nada … Continúa leyendo Funcionario… laboral: un debate eterno
Seguir leyendo La incautación de la garantía provisional en los supuestos de no cumplimentación de los requerimientos del órgano de contratación
La normativa hasta 2007 vigente partía, en concordancia con lo que desde 1995 era una constante, de flexibilizar la eventual constitución de garantías provisionales. Esto es con anterioridad, y seguían siéndolo en determinados contratos según la cuantía, era un elemento o requisito para participar en la licitación (art. 35). Y es que, según lo expuesto, sólo se preveía como necesaria cuando los contratos fueran de cuantía igual o superior a la establecida y, con carácter potestativo eso sí, se admitía la exigencia en los pliegos de cláusulas administrativas de la garantía provisional por el órgano de contratación en el resto de contratos administrativos. La normativa contractual establecida a partir de 2007 profundizó en la misma línea emprendida por anteriores reformas y, de esta forma, desdibujó las funciones atribuidas a la garantía provisional atemperando su carácter obligatorio. En la misma senda hay que situar a la normativa contractual de 2017, inclusive reforzando dicho carácter facultativo, al establecer como regla general la no prestación obligatoria de ésta. En este sentido, junto a subrayar su carácter excepcional remite a motivos de interés público, apreciados por el órgano de contratación y justificados motivadamente en el expediente, la posibilidad de su exigencia con una regulación … Continúa leyendo La incautación de la garantía provisional en los supuestos de no cumplimentación de los requerimientos del órgano de contratación
Seguir leyendo Tipos de recursos administrativos
En las relaciones entre los ciudadanos y las Administraciones públicas debe asegurarse en todo momento la superior protección del interés general. Una forma de materializar esa garantía es a través del procedimiento administrativo, que reduce el margen de discrecionalidad de la Administración. Pero, además, si no estamos de acuerdo con el resultado del procedimiento, podremos impugnarlo, empleando distintos tipos de recursos administrativos. Qué es la vía administrativa Cuando un conflicto tiene como contraparte a la Administración pública, aparece la vía administrativa, que es distinta de la judicial. Esto significa que, al impugnar un acto administrativo, la ley nos obliga a intentar resolver esa discrepancia con la misma Administración que ha dictado del acto en cuestión. Solo una vez agotada esa vía, podremos acudir a la judicial. Ahora bien, habrá ocasiones en las que la ley nos permitirá interponer directamente el recurso contencioso-administrativo. Todo dependerá de la naturaleza del acto a impugnar. Qué son los recursos administrativos La vía administrativa es previa a la judicial, y existe generalmente la obligación de agotarla para poder plantear el recurso contencioso-administrativo con posterioridad. Pero ¿cómo haremos uso de la vía administrativa? A través de los recursos, que son el instrumento jurídico previsto para impugnar los … Continúa leyendo Tipos de recursos administrativos
Seguir leyendo La protección del denunciante y la ínsula de barataria
En distintas entradas de este blog me he ocupado de las normas dirigidas a la protección de la integridad pública (aquí y aquí) y he reclamado, como no podía ser de otra forma, la urgente trasposición de las normas europeas que abordaban esta materia. Pues bien, como se ha dado cuenta estas últimas semanas en múltiples diarios especializados y menos especializados, se ha traspuesto finalmente, tarde ciertamente y hay abierto un procedimiento de infracción por este motivo, la Directiva (UE) 2019/1937, de 23 de octubre, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión (conocida también como Directiva Whistlebower). En realidad, ya había antecedentes en la trasposición de esta Directiva en nuestro ordenamiento. En primer lugar, aunque solo parcialmente puede considerarse una trasposición de esta Directiva ya que no contempla medidas específicas de protección del denunciante, cabe destacar la Ley 14/2008, de 5 de noviembre, de la Oficina Antifraude de Catalunya. Y, con posterioridad, desde finales del año 2016, hubo una proliferación de leyes de protección del denunciante que se han ido aprobando de forma escalonada en diferentes Comunidades Autónomas. Entre las que actualmente se encuentra en vigor, encontramos la Ley 2/2016, de 11 … Continúa leyendo La protección del denunciante y la ínsula de barataria
Seguir leyendo Buena administración, calidad de la actuación administrativa y el ejercicio de la potestad de revisión de oficio
En los últimos años hemos asistido a una revitalización del ejercicio de la potestad de revisión de oficio. Al menos a una clarificación de cómo y con qué límites acometerla en su caso y cuando procede. No es ajeno a ello como luego veremos la progresiva asimilación por nuestros tribunales de las consecuencias derivadas del principio de buena administración que, como de todos es conocido, ha sido estudiado y sistematizado en nuestro país principalmente por el Profesor PONCE SOLÉ en una línea de investigación digna del mejor de los aplausos (entre otros muchos trabajos aquí). En esta ocasión y, aún sin citarlo expresamente, pero haciéndose eco de las consecuencias del citado principio, lo veremos en lo que a la revisión de oficio se refiere a propósito de la STS de 9 de marzo de 2023 (rec.2057/2021). Muy recientemente, con el rigor y la firmeza que le es propia, el maestro LÓPEZ MENUDO nos advertía de que la revisión de oficio había sido un espacio propicio a la discrecionalidad que convenía limitar y propugnaba, a estos efectos, que si la causa de nulidad existe, la declaración de que el acto es nulo es un deber en todo caso, una exigencia de … Continúa leyendo Buena administración, calidad de la actuación administrativa y el ejercicio de la potestad de revisión de oficio
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