Tipos de recursos administrativos
En las relaciones entre los ciudadanos y las Administraciones públicas debe asegurarse en todo momento la superior protección del interés general. Una forma de materializar esa garantía es a través del procedimiento administrativo, que reduce el margen de discrecionalidad de la Administración. Pero, además, si no estamos de acuerdo con el resultado del procedimiento, podremos impugnarlo, empleando distintos tipos de recursos administrativos. Qué es la vía administrativa Cuando un conflicto tiene como contraparte a la Administración pública, aparece la vía administrativa, que es distinta de la judicial. Esto significa que, al impugnar un acto administrativo, la ley nos obliga a intentar resolver esa discrepancia con la misma Administración que ha dictado del acto en cuestión. Solo una vez agotada esa vía, podremos acudir a la judicial. Ahora bien, habrá ocasiones en las que la ley nos permitirá interponer directamente el recurso contencioso-administrativo. Todo dependerá de la naturaleza del acto a impugnar. Qué son los recursos administrativos La vía administrativa es previa a la judicial, y existe generalmente la obligación de agotarla para poder plantear el recurso contencioso-administrativo con posterioridad. Pero ¿cómo haremos uso de la vía administrativa? A través de los recursos, que son el instrumento jurídico previsto para impugnar los … Continúa leyendo Tipos de recursos administrativos
Seguir leyendo Derechos de los interesados en el procedimiento administrativo
Cuando se trata con las Administraciones públicas, en la mayoría de las ocasiones, no se tienen muy claro los derechos que se tienen y las obligaciones. Los derechos de los interesados en el procedimiento administrativo son muy amplios y es importante conocerlos cuando iniciamos o continuamos un procedimiento. Quiénes son los interesados en un procedimiento administrativo De acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 39/2015 del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se consideran interesados en el procedimiento administrativo: Los que lo promuevan por ser titulares de derechos o intereses legítimos, ya sean individuales o colectivos. Quienes, aunque no hayan iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan ser afectados por la decisión que se tome en el procedimiento. Quienes cuyos intereses legítimos, ya sean individuales o colectivos, puedan verse afectados por la resolución del procedimiento y se personen en él cuando aún no haya resolución definitiva. Las asociaciones y organizaciones que representen intereses económicos o sociales y que sean titulares de intereses legítimos colectivos. Los interesados en un procedimiento administrativo podrán actuar a través de un representante, que podrán ser personas físicas con capacidad de obrar y personas jurídicas, que actúen … Continúa leyendo Derechos de los interesados en el procedimiento administrativo
Seguir leyendo ¿Cuándo cabe la impugnación indirecta de actos administrativos generales?
Parecerá ociosa la pregunta ya que la doctrina tradicionalmente asentada solo admite dicha impugnación cuando estamos frente a norma reglamentarias a través de los actos de aplicación de éstas. Me temo, sin embargo, que, a la vista de la jurisprudencia hasta ahora dictada por nuestros tribunales, no resulta tan carente de sentido formularnos la misma. Aún menos pensar que es una cuestión baladí, más bien al contrario y a los hechos me remito. Todos seguramente recordaremos las idas y venidas de nuestra jurisprudencia a propósito de las relaciones de puestos de trabajo o sin ir más lejos, y más recientemente, de las ponencias de valores catastrales respecto de su naturaleza y, consecuentemente con ello, con la posibilidad o no de su impugnación indirecta. Pueden verse, a este respecto, las SSTS de 5 de febrero de 2014 (rec.2986/2012) y de 16 de junio de 2022 (rec.7303/2020). Y es que, efectivamente, no es tarea fácil delimitar en ocasiones dicha cuestión. Me refiero, como ya podrá imaginarse, a la distinción entre actos administrativos y reglamentos y con arreglo a ello la posibilidad o no de interponer el recurso per saltum o recurso indirecto recogido en el artículo 26.1. de la ley 29/1998. Así … Continúa leyendo ¿Cuándo cabe la impugnación indirecta de actos administrativos generales?
Seguir leyendo A buen pagador no le duelen prendas: sentencia TJUE de 20 de octubre de 2022 (asunto C-585/2020)
Hacía algún tiempo que no recibíamos un revolcón de los tribunales europeos de una cierta entidad. Me refiero, en concreto, a ese tipo de resoluciones jurisdiccionales que obligan no sólo a dictar una nueva norma, sino que nos obligan a hacer los deberes para disponer de una Administración diligente, y en este caso además es preciso añadir que eficiente, en el cumplimiento de sus obligaciones. Ser un buen pagador, un concepto aquilatado respecto del que inclusive se ha propuesto un sello, es el objeto de este comentario. Pues bien, estos últimos días, se ha producido un nuevo acontecimiento de esa naturaleza. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea en su sentencia de 20 de octubre de 2022 (Asunto C-585/2020) ha resuelto la cuestión prejudicial planteada sobre la interpretación de los arts. 2, 4.1, 6 y 7.2 y 3 de la Directiva 2011/7/UE, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en el marco de un litigio entre una sociedad española que desempeña su actividad en el sector del cobro de créditos y la Gerencia Regional de Salud de la Junta de Castilla y León. En dicho litigio se discutía la forma y … Continúa leyendo A buen pagador no le duelen prendas: sentencia TJUE de 20 de octubre de 2022 (asunto C-585/2020)
Seguir leyendo Eficacia retroactiva de la subsanación electrónica en los recursos administrativos
Una de las principales novedades que introdujo la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas fue la obligación de relacionarse de forma electrónica con las Administraciones Públicas. De acuerdo con esta obligación, la Ley 39/2015 también incorporó al régimen jurídico de la subsanación en el proceso administrativo común la subsanación administrativa electrónica, regulada en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015. La subsanación electrónica La subsanación administrativa electrónica se encuentra regulada en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, que establece que cuando los sujetos obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración presenten la solicitud de forma presencial, esta requerirá al interesado para que la subsane y la presente de forma electrónica. Así pues, se considerará que la solicitud ha sido presentada en la fecha en que se haya realizado la subsanación electrónica. En este sentido, se ha de tener en cuenta que en los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015 se establecen aquellos sujetos y colectivos a los que se les exige esta obligación contenida en el artículo 68.4 de dicha Ley, entre los que se encuentran los siguientes: Personas jurídicas. Entidades sin personalidad jurídica. Aquellos que ejerzan una profesión que … Continúa leyendo Eficacia retroactiva de la subsanación electrónica en los recursos administrativos
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