Qué es un plan parcial de urbanismo
La legislación urbanística en España dispone de diferentes instrumentos a través de los cuales se llevará a cabo la ordenación urbanística de un territorio concreto. Para ello, hay un plan de urbanismo diferente, dependiendo del nivel de especificidad o generalidad o de las cuestiones que abarquen. Este es el caso del plan parcial y del plan especial, dos instrumentos de ordenación urbanística del suelo y que suscitan muchas dudas y tienden a ser confundidos. Plan parcial: ¿qué es? El planeamiento urbanístico es el conjunto de instrumentos establecidos por la Ley para la ordenación del uso del suelo y el establecimiento de las condiciones para su transformación -edificación- o conservación. El planeamiento urbanístico, además, es el sistema para la ordenación del suelo en el ámbito estrictamente municipal y como potestad municipal. Junto al planeamiento general, que abarca la ordenación de todo el ámbito municipal, la legislación urbanística autonómica también establece los instrumentos del planeamiento de desarrollo de aquél. El planeamiento de desarrollo tiene como objeto principal la ordenación detallada de los sectores u otros ámbitos a los que se apliquen. En principio, se establecen tres tipos o categorías de instrumentos de planeamiento de desarrollo según la clase de suelo sobre la … Continúa leyendo Qué es un plan parcial de urbanismo
Seguir leyendo Suelo dotacional: qué características tiene
El urbanismo es una de nuestras especialidades, y sabemos de sobra que es un tema especialmente complejo para el ciudadano medio, que es el que tiene que enfrentarse con decisiones de la Administración, como la de expropiar parte de un terreno particular para declararlo suelo dotacional. Por eso, es necesario abordar este concepto y saber qué implica para su propietario que su terreno pueda ser calificado como tal. Qué es el suelo dotacional Dentro de las clases de suelo que nos podemos encontrar, lo más común es diferenciar dos grandes grupos: el suelo urbano y el rústico (cuya denominación legal es suelo no urbanizable), aunque dentro del suelo urbano también podemos encontrar el suelo urbanizable, que podemos entender como aquel pendiente de desarrollo urbanístico. Asimismo, podemos diferenciar el suelo, en función del uso que pueda realizarse sobre él, según sea residencial, industrial, etc. En cualquier caso, a medida que se desarrollan los núcleos urbanos, hacen falta una serie de dotaciones públicas, por lo que parte del terreno queda reservado para tener un uso público que puede ser la construcción de una calle, de un parque, de un centro de salud, un colegio, etc. No hay un concepto único de suelo … Continúa leyendo Suelo dotacional: qué características tiene
Seguir leyendo Infracción urbanística: tipos y sanciones
La infracción urbanística es un fenómeno que ha estado en aumento en los últimos años. Quizá porque ni las administraciones públicas ni los ciudadanos tienen del todo claro una regulación que es bastante compleja. Por eso, vamos a intentar arrojar un poco de luz sobre este tema. Qué es una infracción urbanística Si queremos definir las infracciones urbanísticas de una forma sencilla, podemos decir que son aquellas conductas que se realizan sobre el suelo sin disponer de licencia -o sin ajustarse a la que se posee-. Como consecuencia, conllevan la imposición de una sanción a los responsables, la obligación de resarcimiento de daños y perjuicios si se han causado, sin perjuicios de las medidas de restablecimiento de la legalidad. Hablamos, en todo caso, de una vulneración de una ley de carácter administrativo, no de la normativa penal, ya que en ese caso estaríamos ante un delito. Lo que hace especialmente complejo este tema, es que contamos con una amplia y diversa legislación urbanística. Tenemos, por ejemplo, la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, pero a esta tenemos que sumarle otras normas autonómicas y la normativa urbanística aplicable, la ordenación territorial, el planeamiento urbanístico vigente y ordenanzas municipales. Al … Continúa leyendo Infracción urbanística: tipos y sanciones
Seguir leyendo Cuáles son las funciones de la junta de compensación
La Junta de Compensación es un organismo con unas funciones muy importantes, pues representa a los propietarios de terrenos pendientes de urbanizar y defiende sus intereses. Además, ejerce otras funciones administrativas con la finalidad de ejecutar un proyecto urbanístico, como veremos a continuación. Qué es una junta de compensación Una Junta de Compensación es un organismo que lleva a cabo actuaciones relacionadas con urbanismo: la reparcelación -conversión de los terrenos en edificables y cesión de viales y dotaciones públicas- y ejecución de las obras de urbanización en un determinado ámbito, de conformidad con los planes urbanísticos. Específicamente no es una entidad pública, sino una entidad privada, pero que se regula parcialmente por el Derecho Público, ya que se considera entidad colaboradora. La Junta de Compensación tiene personalidad jurídica, naturaleza administrativa y cuenta con la capacidad necesaria para cumplir con los fines que tiene establecidos. Así está regulado también por las legislaciones autonómicas donde se mantiene está figura de las Juntas de Compensación. Esta persona jurídica que se crea requiere cumplir una serie de formalidades entre las que se encuentra elaboración de estatutos y bases de actuación, obligatoriedad de escritura pública, aprobación por el Ayuntamiento y la inscripción en el Registro … Continúa leyendo Cuáles son las funciones de la junta de compensación
Seguir leyendo Urbanismo y turismo: la necesidad de justificar limitaciones
La relación entre el ejercicio de competencias en materia urbanística y, simultáneamente, los aspectos que se derivan del turismo y las libertades derivadas del libre establecimiento son, cuando menos, problemáticas en multitud de aspectos. No digo irreconciliables, solo digo que problemáticas, como se pone de manifiesto en la sentencia que hoy comentaremos. Desde luego no es algo nuevo, aunque se haya convertido en especialmente problemático desde la Directiva de Servicios, y así se puso de manifiesto en el recurso de apelación resuelto por la sentencia del Tribunal Supremo de 15 de junio de 1992 (rec. 2032/1990) en relación a la prohibición establecida en una ordenanza de apertura de nuevos establecimientos de restauración dado que indicaría la sentencia referida que “los Ayuntamientos, en el ejercicio de su competencia, pueden regular todo lo relativo a la seguridad e higiene y protección de la salubridad pública; y pueden completar la normativa existente en materia de instalación de la actividad, estableciendo límites sobre superficie, ruidos, etc., tal como se ha reflejado en el segundo fundamento jurídico de esta Sentencia. Y en el caso de que una determinada actividad no reúna los requisitos que la normativa exija, puede la autoridad municipal denegar la correspondiente licencia … Continúa leyendo Urbanismo y turismo: la necesidad de justificar limitaciones
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