Comisión de servicios: qué es, cómo funciona, y qué derechos tienen los funcionarios

Cuando decides presentarte a una oposición o dedicarte al trabajo público hay ciertos conceptos que conviene conocer. Este es el caso de la comisión de servicios, un puesto de trabajo que hay que tener muy en cuenta si eres funcionario público o estás preparándote para serlo.

Qué es una comisión de servicios

La comisión de servicios es una forma de proveer un puesto de trabajo que ha quedado vacante (art. 64 del Real Decreto 364/1995). Es una figura que puede ser utilizada en casos de urgente e inaplazable necesidad por parte de funcionarios que reúnan los requisitos que se establezcan para el desempeño del puesto en concreto. Solamente funcionarios pueden optar a este tipo de nombramientos. 

Como vemos, se trata de una provisión temporal y excepcional que, además, de conformidad con la normativa de aplicación, solamente podrá tener una duración de un año, prorrogable por otro en caso de no haberse cubierto el puesto de manera definitiva.

¿Quién puede convocar la comisión de servicios?

De acuerdo con el Real Decreto 364/1995 por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado, las comisiones de servicio deberán ser convocadas por los siguientes órganos:

  • Secretaría de Estado para la Administración Pública, cuando el puesto quede vacante en el ámbito de los servicios centrales o en el ámbito territorial de una Comunidad Autónoma.
  • Subsecretarios, cuando el puesto quede vacante en los departamentos ministeriales, entidades gestoras y organismos autónomos de su propio ámbito.
  • Presidentes o directores de los Organismos Autónomos, Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social, cuando el puesto vacante fuera relativo a estas funciones.
  • Delegados de Gobierno y Gobernadores Civiles, cuando el puesto vacante pertenezca a sus departamentos.

Hay que tener en cuenta que de conformidad con lo que establece el apartado 5 del art. 64 Real Decreto 364/1995 el puesto de trabajo cubierto temporalmente mediante comisión de servicios habrá de ser incluido, en la siguiente convocatoria de provisión por el sistema que corresponda. Es decir, habrá que proveerlo de forma reglamentaria.

También es importante remarcar la reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo, que entiende que, en caso de que la comisión de servicios no constituya un concurso de méritos ni se precisen órganos de evaluación, deberá publicitarse para observar el principio de igualdad en el acceso a cargos públicos. Con esta decisión, se intenta poner fin a los abusos en las comisiones de servicios.

¿Cómo se convoca una comisión de servicios?

La comisión de servicios se convocará a través de una convocatoria pública en la que se describirá el puesto de trabajo vacante y los requisitos que se exigirán al funcionario para que pueda cubrirlo. Estarán relacionados con la naturaleza de las funciones a desempeñar dentro del puesto de trabajo.

¿Quién puede ser designado a una comisión de servicios?

La comisión de servicios es una institución jurídica del ámbito funcionarial y estatutario, no del laboral.

Cuando un puesto de trabajo público quede vacante podrá ser ocupado por un funcionario cuando sea urgente dicha ocupación. En cualquier caso, para una comisión de servicios solo podrán ser designados funcionarios públicos que cumplan con los requisitos establecidos para cada caso concreto, que tendrán mucho que ver con el puesto de trabajo en cuestión.

Cómo funciona una comisión de servicios

Es necesario que el funcionario interesado en la comisión de servicios la solicite mediante instancia al órgano competente. No obstante, no todos los funcionarios son aptos para todas las comisiones de servicios, sino que tendrán que cumplir con los requisitos exigidos en la convocatoria dependiendo del puesto de trabajo que pretendan ocupar. Además, se deberá tener en cuenta que existen diferentes tipos de comisiones de servicios: humanitarias, generales y docentes.

Una vez designado el funcionario para la comisión de servicio, al ser este puesto de carácter temporal, tendrá una duración de un año, aunque puede prorrogarse durante otro año más si no se ha podido cubrir la plaza vacante de forma definitiva.

Qué derechos tienen los funcionarios en comisión de servicios

Los funcionarios en comisión de servicios tienen una serie de derechos y obligaciones. Son los siguientes.

Derecho a reserva de su plaza en propiedad

Esto quiere decir que, a pesar de estar en una comisión de servicio, el funcionario que la ocupe tendrá derecho a que se le reserve (es decir, a que no sea ocupada) su plaza de funcionario en propiedad.

Derecho a percibir las retribuciones de su puesto de trabajo

El funcionario tendrá derecho a recibir un sueldo, como resulta evidente. No obstante, de acuerdo con el Real Decreto 364/1995, será la resolución que acuerde la comisión de servicios la encargada de fijar si el funcionario percibirá el sueldo que le corresponda por su puesto de origen o por el puesto de trabajo que ocupará en virtud de la comisión de servicio.

Obligaciones

Aunque la comisión de servicio suele tener carácter voluntario, lo cierto es que podrán acordarse con carácter forzoso, en cuyo caso el funcionario designado estará obligado a ocupar la plaza vacante. Por otro lado, estos funcionarios deberán cumplir con las mismas obligaciones que cualquier otro funcionario.

Las comisiones de servicio son un concepto que ha de ser muy conocido por quienes son empleados públicos, pues pueden resultar muy útiles a la hora de ir acercándose a la plaza soñada. En cualquier caso, lo mejor para salir de dudas es informarse poniéndose en contacto con nuestros Abogados de Contencioso administrativo

Comentarios
  • Xavi
    Buenas,. Mi consula es la siguiente. Estoy en comisión de servicios en una policia local. Este cuerpo ha sacado un concurso de movilidad interna para organizar los destinos de la plantilla mediante puntuación por meritos. En el mencionado concurso los agentes, como yo que estamos en comision de servicios, no se nos ha permitido elegir, independientemente de los meritos que tengamos, hasta que no hayan elegido todos los funcionarios de carrera primero. ¿Eso seria correcto? ¿Tenemos derecho los comisionados a elegir como el resto de funcionarios dependiendo de los meritos que tengamos? Muchas gracias
  • M. Teresa
    Buenos días, Tengo ESTATUTARIA fija en el Servicio de Salud de las I. Baleares como AUX. Administrativa, y además, tengo una Promoción Interna como Administrativa. Mi pregunta es si puedo ir en comisión de servicios a un ayuntamiento de las I. Baleares ya que ellos son funcionarios y yo estatutaria. Por otro lado, ¿podría cobrar el nivel de carrera profesional que tengo concedido en el S. de salud?; ¿podría subir de nivel de carrera en el Ayuntamiento llegado el momento? Los trienios doy por sentado que si se me reconocerían. Muchas gracias por vuestra labor y ayuda.
  • Paco
    Buenas, mi nombre es Paco, estuve en comisión de servicios en un Ayuntamiento como policía local donde estuve dos años (1 año prorrogable a otro). Cuando pasaron los dos años (del 2020 al 2022)volví a mi ayuntamiento donde tengo la plaza. Han salido plazas en comisión de servicio en el Ayuntamiento donde estuve dos años, la cuestión es que la secretaria de mi ayuntamiento me dice que no puedo volver a ocupar una plaza en comisión de servicio en el mismo ayuntamiento donde estuve hace dos años. Sé que las comisiones son como mucho dos años, pero no he encontrado ninguna sentencia o doctrina donde diga que no se puede volver a prestar servicio en el ayuntamiento donde estuve comisionado. Mi pregunta es… ¿podéis motivarme si es así como dice la secretaria de mi ayuntamiento, o de lo contrario sí que puedo ir comisionado y el tiempo que es legal para pedir una comisión en el mismo ayuntamiento donde estuve hace dos? Gracias
  • MPM
    Buenas tardes, Que ocurre cuando has estado ocupando una posición superior a tu categoría durante más de 20 años en Comisión de Servicios, sin que se haya convocado la plaza, y llega el momento de jubilarse? Según tengo entendido la administración debería haber convocado esa plaza . .. Es posible interponer algún tipo de recurso?
  • Ana
    Buenas tardes. Me gustaría preguntar en qué situación me quedo si renuncio a la comisión de servicios del ayuntamiento donde estoy ahora, en tanto el ayuntamiento donde tengo la plaza admite mi solicitud de reingreso. Y qué plazo tiene mi ayto de origen para tramitar mi petición de reingreso. Muchas gracias.
  • Pedro
    En la AEAT la comisión de servicios es la forma “normal “ de proveer los puestos con niveles altos. Nivel 26 por ejemplo. Esas plazas nunca salen a concurso, están reservadas para el enchufado de turno. Lo de “urgente e inaplazable necesidad “ es un chiste. El que va a ocupar la plaza lo sabe mucho tiempo antes que le den la comisión. Y lo de publicitarse según doctrina del TS…nunca se publicitan. Por último, los hay que llevan 3 o más años en comisión.
  • SERGIO
    Hola ¿Cuál sería el procedimiento de reclamación, cuando existe total constancia de que hay puestos en comisión de servicios en una administración que se siguen ocupando por funcionarios más allá de los límites temporadales que exige la ley?? Es decir, más de 2 años, o incluso 1 año sin haberse convocado la plaza por los procedimientos establecidos. Gracias.
  • Pilar
    Hola. Soy funcionaría de admon local. Estuve en comisión de servicio en otro ayuntamiento desde el 1 enero hasta 1 noviembre de 2021. El 02 de noviembre cogí la plaza de funcionaria de carrera en ese ayuntamiento. Ahora desde el 1 enero hasta el 1 de noviembre no me quiere pagar ninguno mi carrera profesional. A cual Le pertenece??? Al de origen o al que estuve prestando servicio todo 2021. Gracias.
  • jose
    Buenos días, soy funcionario de carrera y he conseguido en el concurso general un puesto de trabajo, pero me harán una comisión de servicios a otro puesto superior, que su provisión es por concurso específico. Mi pregunta es, estando en comisión de servicios, tengo que cumplir la regla de 2 años sin poder concursar o es una excepción. O al ser concurso específico no rige la regla de los 2 años, ya que es otro tipo de concurso? Gracias.
  • david
    Buenos días Actualmente trabajo en un Ayuntamiento como policía local entre el 1 de julio del 2017 de comision de servicios y el 1 de julio del 2018 se interrumpe y tengo que volver a mi destino. Pero el 19 de febrero del 2019 apruebo la plaza en propiedad en el Ayuntamiento que me colisionaron. Ahora quiero opositar a una plaza de movilidad en un tercer Ayuntamiento pero me piden 5 años en el puesto de origen ( me faltan 4 meses hasta cumplir los 5 años) Mi duda es que si me cuenta el 1 año prestado como servicio ACTIVO para contar la antigüedad en el puesto de origen? Ya que de este modo tendría más de 5 años computables a efectos de antigüedad. EN RESUMEN:1 de julio del 2017 hasta 1 de julio de 2018: 1 año de antigüedad y del 19 de febrero que tomo posesión hasta hoy sería SUMANDO TODO más de 5 años. ya me diréis si esta interpretación es correcta. Muchas gracias de antemano.
  • MARY ISABEL GONZALEZ QUINTERO
    HOLA SOY MARY EN ESTE MOMENTO ESTOY EN CARRERA ADMINISTRATIVA COMO AUXILIAR DE UNA INSPECCIÓN, EL INSPECTOR LE FALTA POCO PARA PENSIONARSE Y PUES QUERÍA SABER, SI POR EL HECHO DE ESTAR EN CARRERA Y CUMPLIR CON TODOS LOS REQUISITOS PARA EL PUESTO SUPERIOR, PUEDO SOLICITARLO Y A QUIEN SE HARIA LA SOLICITUD, PUES TAMBIEN TENGO LA EXPERIENCIA QUE ES DE DOS AÑOS
  • Ana Maria
    Hola me llamo Ana y quisiera saber si puedo pedir una comisión de servicio para irme a otro puesto de trabajo,me saque la plaza de correos y estoy a media jornada y solo llevo 2 días en el puesto.
  • Ana María
    Si ocupo un puesto en Comisión de servicios, al que estoy obligada a incorporarme ¿Puedo pedir la vuelta a mi puesto anterior antes de que pase un año?. No me interesa perder mi plaza en propiedad. Gracias
  • Jero
    Buenos días, ¿y puedes ser cesado de de la comisión de servicio? ¿Motivos? El caso de una comisión de servicio en la que ha salido a concurso específico y se ha declarado desierta. Y la persona que ocupaba la comisión de servicio de esa plaza a concurso es cesada. Reitero, nadie ocupa esa plaza.
  • Trini
    Hola soy tcae fija desde hace 2 meses en el sermas, puedo pedir una comisión de servicio para poder trabajar de tsid? Antes de coger la plaza trabajaba de tsid pero tuve que renunciar al contrato por no perder una plaza fija. Mi objetivo es sacar plaza de tsid, pero veo q todo son zancadillas y voy a tener q renunciar a la plaza para trabajar de lo q realmente quiero q es de tsid. Podrían ayudarme. Gracias
  • Raquel
    Buenas tardes !! Tengo trabajo para la sanidad ..tengo una interinidad en hospital pueblico de Castilla y León ..y he sacado plaza en la comunidad de madrid , como podría pedir comisión para quedarme en mi comunidad !!
  • Marco García Otero
    Buenas! Habiéndome presentado a una promoción interna del ayuntamiento mediante concurso-oposición y no habiendo aprobado el primer exámen, resulta que tienen que comisionar porque hay más vacantes que plazas en propiedad.Entiendo que tendrían que hacer una bolsa y hacer comisiones de servicio. Mi pregunta es si se puede hacer una bolsa con personal que no ha aprobado ni el primer examen y si fuese así si se le sumaría el concurso. Sólo aprobaron el primer exámen cuatro y son los mismos que cogen plaza. Ahora hay que comisionar a cuatro más y no sabemos como es legalmente pues nos dicen que no se pude hacer una bolsa con opositores que no han aprobado el primer exámen. ¿ Se puede tirar de la bolsa anterior aunque hayan pasado 8 años o está caducada? ¿ Si tiran de opositores sin aprobar se le suma el concurso? Esperando su respuesta y gracias de antemano. Un saludo
  • MONTSE DELTRU
    Hola, soy funcionaria interina en una Diputación y en el concurso extraordinario de méritos competimos varias personas que reunimos los mismos requisitos para varias plazas. Una de estas personas es funcionario de carrera en una categoría inferior a las que optamos, y lleva varios años en comisión de servicio ocupando el puesto de categoría superior. Segün las bases estipulan: Por cada año completo, de servicios reconocidos en la Diputación Provincial como personal funcionario interino o como personal laboral temporal, realizados en la misma plaza o categoría profesional a la que se opta. Mi pregunta es ¿El computo de años trabajados en la administración en comisión de servicio computan como la de funcionario de carrera de categoría inferior, o como el puesto de categoría superior que ha estado desempeñando en la comisión de servicio?? GRACIAS DE ANTEMANO
  • Juan antonio
    Buenas tardes, estoy en el mismo caso que otro más arriba, Tengo una duda soy oficial de la Policía Local en un Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid y estoy en comisión de servicio. He trabajado dos años y me van a renovar para otro año más. La duda que tengo es que van a sacar una plaza de Subinspector por promoción interna y quiero optar a ella. Puedo y tengo derecho a presentarme? lo menciono porque en las bases solo especifica se funcionario de policía del Ayto y tener dos años de antigüedad en la plAza anterior a la ofertada. Gracias
  • Beatriz ochos guillem
    Son funcionaria de carrera de la JCCM quiero saber si soy cocejal a tiempo parcial en la Comunidad Valenciana, puedo pedir una comisión de servicio por política para poder estar más cerca de casa y poder participar en los plenos y comisiones del ayuntamiento. Gracias un saludo
  • Pedro Garcia
    hola buenas: Pase a una comision de servicio al CSN pase como jefe de mantenimiento, pero no lo pude ejercer pues la plaza se la dieron a un delineante, llevandose 400e mas al mes en 14 pagas asi dos años, Yo soy laboral fijo y venia de Moncloa del Centro Internacional de Prensa, y al cerrarse este , preferi cambiar ademas habia complementos mejores , tres en concreto, y en mi PRT ponia jefe de mantenimiento, al pasar los dos años, no salio la plaza convocada y me quede sorprendido, asi que tuve que retornar a Moncloa a un sitio donde empece apertenecer en el centro internacionl de prensa, aso que fue a presidencia de gobierno a secretaria estado de comunicaccion a Poltavoz. y estando alli salio la plaza convocada y puje por ella y ya estoy en ella , la cual han quitado un complemento A2 y la coletilla que ponia jefe de mantenimiento, np se si se podra hacer hago muchas gracias , estoy decepcionado. gracias y un saludo, que puedo hacer creo que se a cometido una injusticia
  • yuribi davila
    Buenas tardes tengo una duda tengo una enfermera del turno de noche q recibe una coordinacion de un servicio del turno de la mañana ella me alega q ella ya no debe cubrir sus guardias ya q se encuentra en comision de servicios pero sus guardias de noches son 4 guardias por mes recursos humanos alega q la enfermera debe cubrir sus guardias independientemente de la coordinacion q ela acepto
  • ALBERTO
    Buenas tardes. Tengo una duda soy oficial de la Policía Local en un Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid y estoy en comisión de servicio. He trabajado dos años y me van a renovar para otro año más. La duda que tengo es que van a sacar una plaza de Subinspector por promoción interna y quiero optar a ella. Puedo y tengo derecho a presentarme? lo menciono porque en las bases solo especifica se funcionario de policía del Ayto y tener dos años de antigüedad en la plAza anterior a la ofertada. Gracias
  • ALBERTO
    Buenas tardes. Tengo una duda soy oficial de la Policía Local en un Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid y estoy en comisión de servicio. He trabajado dos años y me van a renovar para otro año más. La duda que tengo es que van a sacar una plaza de Subinspector por promoicion interna y quiero optar a ella. Puedo y tengo derecho a presentarme? lo menciono porque en las bases solo especifica se funcionario de policia del Ayto y tener dos años de antiguedad en la palza anterior a la ofertada. Gracias
  • TERESA SERRANO GARCIA
    Pertenezco a Sanidad.Estatutario fijo Trabajo en un Hospital publico de Madrid Con plaza en propiedad desde 2015. Como puedo pedir una comision de servicio en un Hospital publico de Andalucia.SAS
  • Manuel
    Buenas tardes, soy policía. Local y estando de baja por enfermedad me combican la finalizacion de la comisión de servicio Estando de baja sigue la finalizacion de la comisión o pasan la baja al ayuntamiento de origen
  • María Martínez
    Buenos días. Soy funcionaria de AGE en excedencia voluntaria por interés particula. Tenía entendido que para optar a una plaza en comisión de servicios es necesario esar en servicio activo, pero no consigo encontrar la legistación que lo menciona. Podrían explicármelo? Gracias
  • Tony Perez
    Buenos dias, soy policia Local y estoy en comision de servicio, la cuestion es la siguiente quero obtar a una plaza de Oficial promocion interna y en las bases solo especifica se funcionario de policia del Ayto, podria obtar a ella al estar en comision de servicio, gracias.
  • Eusebio.
    Buenas tardes. Veo que en varios apartados hace mención a que "solamente FUNCIONARIOS pueden optar", o "solo podrán ser designados FUNCIONARIOS públicos que cumplan con los requisitos establecidos para cada caso concreto", sin especificar si se trata de funcionarios DE CARRERA, o funcionarios INTERINOS. Corríjame, si es tan amable: ambos podrían solicitarla (sin pasar por alto el hecho temporal que vincula al interino, claro está...)? De ser así: lo interpreta claro en la ley, o hay jurisprudencia? Gracias de antemano.
  • ana blanco
    la comision de servicio el funcionario debe ingresar a la nomina donde esta prestando servicios y hacerle el respectivo nombramiento del cargo a ocupar?
  • jose maria mora
    buenos días, la comisión de servicios, esta equiparada a un interino, lo digo por los abusos de temporalidad , llevo 18 años en comisión de servicio y no se si podría optar a plazas de estabilización de empleo por abuso de temporalidad, etc , o no se considera interino. Gracias
  • Francisco
    Buenas tardes. Soy guardia civil, he solicitado en dos ocasiones comisiones de servicio indemnizable y en las dos informaron negativamente, mi pregunta es la siguiente: Cuántas veces pueden informar negativamente?
  • Pilar lucas
    Buenas tardes, Estando en una comisión de servicios en otra administración pública,como computa mi tiempo trabajado, como tiempo en la plaza de origen o como tiempo en la plaza de destino, para un concurso de traslados. Gracias y un saludo
  • Manuel
    Manuel Hola buenas soy guardia civil, me obligan a ir comisionado fuera de la península, sin yo querer ni pedirla por el plazo de 28 días. Me lo han notificado con 21 de antelación. Tengo alguna opción de recurso o denegación.
  • José Luis Fernández Ares
    Buenos días. Podría ser posible solicitar una comisión de servicios al grupo A2, participando y solicitándola desde la Agrupación profesional; eso si, cumpliendo requisitos de titulación, capacidad y merito en esa misma categoría y grupo especifico concreto,que adquirí en su momento, perteneciendo a otro régimen jurídico ( Personal laboral). Es decir sería el mismo puesto que solicito,solo que antes era Personal Laboral(Grupo II y lo solicitaba como adscripción en superior categoría desde el Grupo V, y si podía solicitar y ahora al cambiarle de régimen jurídico (funcionarial), pertenece al Personal Funcionario grupo A2). Mi duda es la siguiente ¿Podría solicitar dicha comisión de servicio desde la Agrupación profesional algrupo A2? Gracias de antemano. Un saludo.
  • Juan
    Buenas tardes. Tengo una duda soy Policia Local y estoy de comisión de servicio. He trabajado dos años y me han renovado para dos años más. La duda que tengo es si mi antigüedad trabajada estando de comisión de servicio cuenta en el momento que haya una movilidad interna en este Ayuntamiento o estando de Comisión no me cuenta la antigüedad que he trabajado?
  • Zadys lugo
    Una pregunta yo soy docente ,y quiero trabajar en un puesto público en una alcaldía yo puedo pedir una comisión de servicio o no se puede
  • Luís
    Tengo una Pregunta existencial, pertenezco a la fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.Últimamente se ha detectado comisiones de servecios donde un agente en el lugar de origen, pasa a ser cabo en el lugar de destino de la comisión. Y siguiendo con un ejemplo un sargento en practicas en el lugar de origen pasa a ser sotsinspector en el lugar de destino de la comisión. Esto es legal o una argucia legal, para promocionar según los designios del politico de turno.
  • Joaquina
    Buenos dias Soy estatutaria en la categoria de Auxiliar de Enfermeria , fija del 5 de abril del 2021 y estoy trabajando con plaza fija en el hospital de linares jaen , y me gustaria seguir trabajando donde he estado con anterioridad a dicha hospital de andujar jaen Hospital alto Guadalquivir ya que es donde resido actualmente. yo antes de coger dicha plaza ya habia trabajado con anterioridad, pero al no ser del sas el Hoapital Alto Guadaquivir no pude coger dicha plaza en mi localidad, pero ya si es del sas , desde el 1 de febrero del 2022. Dicho lo cual , para que me entiendan , quiero volver pero no se y me dicen que no lo puedo pedir hasta que no se en Enero del 2023, pero lo dicen de boca no leo ningun Boja o boletin oficial que no la puedan pedir con anterioridad a dicha fecha y yo quiero pedirla ya . me podrian ayudar o como lo puedo gestionar. un soluda y gracias
  • Teodoro Hernández de Frutos
    Me gustaría saber si en la comisión de servicios se puede seguir usando el despacho y el ordenador de la universidad de origen. Gracias.
  • ANTONIO GARCÍA DE GALVEZ
    Agradecería, me facilitaran u orientaran, sobre si existe alguna sentencia judicial que reconozca el tiempo de servicio en comisión de servicio, como servicio computable en servidumbre (periodo obligatorio). Gracias por la oportunidad que me brindan.
  • Jesús
    Mi hija está en una comision de servicios como maestra en U.S.A Se ha comprado un piso mediante cooperativa en Móstoles . Ibercaja es la encargada de gestionar hipotecas a estos coperativista , pues bien por trabajar en U.S.A , aunque solo le faltan dos cursos para acceder a su plaza , le han reducido y condicionado las condiciones y porcentajes de forma discriminatoria , con agravio comparativo al resto de sus compañeros cooperativistas. ¿Es legal que un funcionario público por el ministerio de educación y en comision de servicios con un ministerio de educación U.S.A pueda tener este trato ? gracias Espero aun abusando de la generosidad, alguien me pueda aclarar o decir algo sobre el tema .
  • Guadalupe
    Una comision de servicio en el SAS,tiene preferencia a coger puesto de trabajo al hospital que va,o el hospital donde va de comision ,le puede legalmente guardar un puesto de trabajo elegido por el trabajador ,durante sus años de interino en dicho hospital,quedando un trabajador con plaza en propiedad,sin posibilidad de acceder a dicho puesto. Gracias
  • Mario León Pérez
    Buenos días. No sé si me pueden ayudar. Tengo una duda en lo que se refiere a la comisión de servicios y concurso de méritos. Mi intención es participar en un concurso de méritos, y no sé si puedo participar si estoy ocupando una plaza en comisión de servicios. En caso de que sí pueda participar, ¿que pasaría si no consigo alguna de las plazas solicitadas en el concurso? ¿Tendría que ocupar alguna plaza de las que queden vacantes sin ocupar aunque no la quiera?. Me gustaría que me lo aclarasen . Estoy hecho un lío. Gracias
  • Jesús Mario León Pérez
    Buenos días. No sé si me pueden ayudar. Tengo una duda en lo que se refiere a la comisión de servicios y concurso de méritos. Mi intención es participar en un concurso de méritos, y no sé si puedo participar si actualmente estoy ocupando una plaza en comisión de servicios. En caso de que sí pueda participar, ¿que pasaría si no consigo alguna de las 4 plazas solicitadas en el concurso? ¿Tendría que ocupar alguna plaza de las que queden vacantes sin ocupar aunque no la quiera?. Me gustaría que me lo aclarasen . Estoy hecho un lío. Muchas gracias.
  • yaneth parra
    buenas tarde tengo una inquietud estoy de comisión de servicios por mas de un año, le pregunto puedo trabajar hasta cumplir dos años
  • Alberto Trancho Lemes
    Puede perder un funcionario, el plus de productividad que cobran el resto de compañeros, por estar en comisión de servicios, al regresar a su anterior puesto de trabajo , con la excusa de no tener mas de un año continuado de trabajo en esa administración ?
  • Soledad Mirón Díaz
    Se puede revocar una comisión de servicios voluntaria antes del tiempo por el qué se concedió?, a petición de la interesada, soy funcionaria, la comisión es por 1 año y querría volver a mi antiguo puesto de trabajo.Gracias
  • FÉLIX
    He quedado el primero en un Concurso de Méritos para ser Policía Local en Comisión de Servicio en otro Ayuntamiento pero el mío no me deja ir.... Tengo alguna razón para exigir que me dejen marchar. ????
  • flor
    Buenos días, soy militar del ejercito de tierra y mi marido también, el pidió una comisión voluntaria a Madrid, por un periodo de 6 meses ,nuestra residencia habitual esta en burgos, tenemos un niño de 6 años, cuando pidió la comisión yo lleve el papel donde sale publicado, para que me exoneraran de servicios ( guardias de 24 horas y cuarteles 72 horas) puesto que en esta situación de pandemia no es posible dejárselo a nadie. En un principio me lo concedieron y posteriormente ,me dijeron que solo me correspondía si hubiera sido la comisión forzosa, que me tenia que coger la reducción de jornada, algo que no entiendo puesto que con la reducción de jornada cuando el niño tiene 4 años, ya entras de servicios de 24 horas( guardias), pero me dijeron que me respetarían y no me nombrarían servicios de ningún tipo, no es por no cogerme la reducción con lo que ello conlleva en el sueldo, es porque yo en marzo de 2021 finalizo el contrato con 45 años y después de 21 años de servicios, a la hora de cobrar la prestación por desempleo te cogen los 6 últimos meses cotizados y me parece muy injusto, que si me corresponde no entrar de servicio, me lo nombren ,cuando mi marido esta fuera y mi hijo depende de mi para su cuidado. También decir que cuando es una maniobras, curso etc... te eximen de servicios, cuando creo que eso también se considera una comisión, las cuales puede ser voluntarias o forzosas, aun así el cónyuge esta exento de hacer servicios. Espero puedan aclarar mis dudas Un cordial saludo

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