El Gobierno ha aprobado el Proyecto de Ley de reforma local

 

El Consejo de Ministros del pasado 26 de julio ha aprobado el Proyecto de Ley de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local (en adelante Reforma Local) que remitirá a las Cortes para su tramitación parlamentaria. Este Proyecto al día de la fecha no esta disponible en las paginas web del MHAP, veremos su contenido cuando tenga su entrada en el Congreso, en el Boletín Oficial de las Cortes. Ahora de  lo único que disponemos es de la nota informativa posterior al Consejo de Ministros y de la comparecencia del Ministro.

El contenido de esta Reforma Local que lleva ya mas de un año gestándose, ha ido modificándose y desde aquellos inicios en los que se anunciaba la reducción de un tercio de concejales, la supresión de las entidades locales menores, los «costes estándares» de los servicios y otra serie de medidas, a lo que parece que ha quedado la cosa, a tenor de la nota informativa del Gobierno, hay que constatar un desinflamiento muy sustancial de la Reforma. El texto del Anteproyecto que se publico en la pagina web del Ministerio, allá por el mes de febrero de este año, ha sido objeto de diversas modificaciones y versiones, a su vez superadas por el texto que ahora se aprueba como Proyecto en el que ha debido de tener un peso importante el Dictamen del Consejo de Estado que se advertía al Gobierno de una serie de deficiencias que tenia la iniciativa de modificación legal en el terreno del respeto a la autonomía local, las deficiencias de la técnica de los costes estándares, lo impropio de reforzar (de una manera tan artificial para los tiempos que vivimos) las diputaciones y otras cuestiones no menores de técnica legislativa. Sin duda habrá tenido que ver la contestación política que esta Reforma ha tenido. Se inicio con la oposición de todas las fuerzas políticas y durante este tiempo parece que lo único que ha conseguido el Gobierno es no tener enfrente a los de su propio partido, ya que los demás (PSOE, IU, PAR, BLOQ…) siguen sin aceptarla. Incluso Cataluña ya ha anunciado que no la aplicará porque va en contra de  su Estatuto y el propio Presidente del Gobierno Vasco ha pedido que se le excluya de la Reforma.  La propia FEMP, que habitualmente ha funcionado por consenso, ha quedado un poco «tocada».

La verdad es que en este clima de confrontación, tan poco favorable para el Gobierno, en el que los propios alcaldes populares lo único que esperan de la Reforma es que no les complique las cosas (ya de por si complicadas), desde luego no podrá ser una reforma en profundidad de la Administración Local como sigue diciendo el Gobierno. Para que hubiera sido realmente una reforma en profundidad tendría que haber tocado los elementos importantes del sistema; la financiación, (el PP ya se opuso al Anteproyecto de Ley de Gobierno Local que Gobierno del PSOE pretendía tramitar en 2006 exigiendo que primero se resolviera el problema de la financiación local) la elección de alcaldes, las listas bloqueadas/desbloqueadas, la revitalización de la participación ciudadana en las políticas de proximidad, entre otras.  Pero nada de esto que debería de revisarse se aborda.

Se acude a tres títulos competenciales del articulo 149.1 de la CE para justificar la Reforma. El articulo 149.1.13 (bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica) que el Consejo de Estado en su Dictamen ya ha señalado que no esta bien traído al caso, pues el hecho de que la redefinición de  competencias tenga consecuencias económicas, no justifica este titulo competencial del Estado, que esta pensado para sectores propiamente dichos de la actividad económica. Los otros dos, el 149.1.14 (hacienda publica y deuda publica) realmente  justificaría la tan esperada reforma de la hacienda local, pero no es el caso. Y finalmente, respecto del articulo 149.1.18 (bases del régimen jurídico de las administraciones publicas) como es bien sabido y ha puesto de manifiesto una parte importante de la doctrina académica mas autorizada, con la garantía institucional de la autonomía local puesta de manifiesto por el TC (SSTC 32/1981; 25/1983; 76/1986; 99/1987; 214/1989; 159/2001; 240/2006; 134/2011; y 132/2012)  y los estatutos de autonomía de segunda generación promulgados que han interiorizado totalmente el régimen local, realmente el Estado ya habría agotado este titulo en cuanto a creación normativa.

Los motivos que da el Gobierno de tipo económico para justificar la Reforma, (Ley Orgánica 2/2012,  de Estabilidad Presupuestaria), aunque ahora puede «vender» mucho políticamente todo esto de la austeridad,  tampoco vienen al caso. En primer lugar porque para que se cumpla la Ley de Estabilidad no hace falta otra ley, ya ella misma tiene sus propios mecanismos y prevé las consecuencias de su incumplimiento. Y además porque como el propio Ministro señalo en la comparecencia posterior al Consejo de Ministros, los ayuntamientos no son el problema del deficit publico de este pais, la mayoría están en situación de estabilidad.

Respecto de la tan mentada clarificación de competencias   de la que habla el Gobierno para justificar esta Reforma, señalando que se trata de evitar duplicidades y solapamientos mediante el principio de «una administración una competencia» hay que señalar que en el terreno de la gestión, desde luego que cada Administración ha de ser responsable frente a los ciudadanos de unos servicios y prestaciones. Pero esto no ha sido el problema en la historia reciente de nuestros ayuntamientos. Aquí todos sabían quien era el titular de cada cosa. Sin embargo eso no quiere decir que ante la omisión de quien tenia que hacerlo, los ayuntamientos no reaccionaran. Pero esto ya no es un problema de gestión, sino político. Y desde luego intentar que una corporación elegida por sufragio no atienda políticamente necesidades importantes para su pueblo, es intentar poner «vallas al campo» y además, esta pretensión, casa mal con la autonomía municipal y el principio de subsidiariedad que necesariamente ha de operar en las políticas asistenciales y de proximidad.

Ya veremos en que queda esta Reforma, a ver como ha quedado planteado el Proyecto y como se despacha el tramite parlamentario,  pero seguramente no queda mas que en unas medidas de cara a la ciudadanía sobre lo que han de cobrar los alcaldes, numero de concejales liberados y funcionarios de empleo, repetición de medidas de estabilidad presupuestaria, clasificar (mas que clarificar) competencias municipales, relaciones interacministrativas y seguramente muy poco mas.

Y tanto empeño del Gobierno justifican tan cortos resultados? Para que sirve todo esto? A los ayuntamientos desde luego no les va a ayudar a solventar los problemas que tienen planteados. Pero quizá para el Gobierno que como todos los gobiernos anteriores, anda metido en la quimera de reformar la Administración (ese trabajo de la CORA del que el Gobierno se siente tan orgulloso como temeroso de que no llegara a ninguna parte) estas medidas dirigidas a los últimos, los ayuntamientos mas pequeños, los que menos fuerzas tienen para causar problemas, que en su conjuntos gastan una parte muy pequeña del gasto publico total, quizá sirvan para intentar ejemplificar y demostrar, ante propios y ajenos, la capacidad de este Gobierno para cambiar las cosas.

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